III. ENCUENTRO REGIONAL DEL PROYECTO JUSTICIA PENAL JUVENIL
3.1. “PRESENTACION DE LA SISTEMATIZACION DEL PROYECTO REGIONAL Y COMPLEMENTACIONES”
Lunes 21 de mayo: Horas de la tarde.
Participantes:
- Representantes de las Secciones de DNI de Paraguay, Colombia, Uruguay, Argentina, Bolivia, Ecuador, Chile y Brasil (ANCED)
- Representante de ICCO/Kerkinactie, Thilly de Boer.
-
Presentación de la sistematización de las experiencias, resultados
alcanzados a través del proyecto regional, a cargo de Rose Marie Achá
La
Coordinación Regional presentó la sistematización realizada de los tres
años de ejecución del proyecto regional de Justicia Penal Juvenil,
basada en los informes periódicos del proyecto, las matrices
completadas por las Secciones de DNI, los resultados de los Encuentros
Regionales 2005 y 2006 y los demás documentos producidos en el
transcurso de los tres años de ejecución.
Asimismo,
se acordó que la sistematización de la experiencia del proyecto fuera
recogida en una publicación, para su difusión a nivel regional a fin de
aportar al trabajo y a los debates existentes en los diferentes ámbitos
regionales sobre Justicia Penal Juvenil.
Principales lecciones aprendidas:
-
Desde el inicio de la ejecución del proyecto, las actividades en los
cuatro Componentes tuvieron como elemento requerido para el éxito y la
sostenibilidad de las acciones el fortalecimiento de alianzas y la
coordinación entre DNI y las instituciones del Estado.
-
Pese a que el cumplimiento de la legislación en Justicia Penal Juvenil
es una obligación de las autoridades judiciales y administrativas, en
el desarrollo del proyecto se ha visto que el hecho de que existan
convenios suscritos o compromisos asumidos con el Estado no asegura que
éstos sean cumplidos, por diferentes motivos que hacen al
funcionamiento y burocracia de los Estados, lo cual requiere de
actividades de seguimiento permanente y el fortalecimiento de las
alianzas con organizaciones de la sociedad civil para ejercer presión.
-
Es importante mantener la práctica de la elaboración conjunta o
coordinada de metodologías y programas, así como su validación, tanto
con niveles del Estado como con organizaciones de la sociedad civil.
- En
las localizaciones donde se han promocionado los programas de sanciones
no privativas de libertad se ha percibido una nueva dirección en las
instituciones del Estado (juzgados, fiscalía, centros de privación de
libertad) más abierta hacia la aplicación de dichas alternativas. Sin
embargo, se debe cuidar de no realizar actividades que pueden
equipararse al asistencialismo o sustituir a los órganos del Estado en
la aplicación de las sanciones.
- Siguiendo ese
análisis, la mejor vía de trabajo para la etapa de continuidad, en
cuanto a ampliar la promoción de las sanciones no privativas de
libertad, no es ampliar el número de localizaciones donde se aplican
sino lograr la institucionalización de los modelos diseñados.
-
Al promocionar la implementación de sanciones no privativas de
libertad, en la búsqueda de una mayor efectividad y cumplimiento de los
objetivos del sistema de Justicia Penal Juvenil se ha ingresado al
análisis de la Justicia Restaurativa, como recurso para hacer efectivos
los procesos de responsabilización en los adolescentes en conflicto con
la ley y también como vía de trabajo pedagógico no procesal-judicial,
sin embargo, es necesaria una mayor profundización y un mejor
conocimiento del enfoque de la Justicia Restaurativa para asumirlo en
la ejecución del proyecto.
- Se ha demostrado la
efectividad táctica de realizar actividades de sensibilización sobre
derechos de niños, niñas y adolescentes en general, y a través de ello
ingresar a abordar la situación de los adolescentes en conflicto con la
ley, o de seleccionar herramientas estratégicas para promover la
reflexión, como formas de superar la resistencia usual que se presenta
cuando se aborda el tema de derechos en Justicia Penal Juvenil.
-
Se ha comprobado la eficacia del monitoreo (visitas periódicas a
centros, coordinación con operadores de justicia) como forma de
asegurar el cumplimiento de las responsabilidades estatales vinculadas
a un buen funcionamiento del sistema de Justicia Penal Juvenil y una
menor violación de derechos.
Recomendaciones:
-
Dar continuidad al impulso de procesos de reforma legislativa y
normativa, de manera de posibilitar una base jurídica y legal sólida en
los países que facilite la aplicación de los principios de la CDN. Para
ello, se debe fortalecer la alianza en dos niveles, al nivel
institucional/estatal para poder participar de los procesos
legislativos y normativos, y al nivel de la sociedad civil, para
impulsar la reflexión y la intervención en cuanto a la elaboración,
aprobación o complementación de leyes y reglamentos.
-
Enfocar el trabajo de promoción de sanciones no privativas de libertad
hacia la institucionalización de losmodelos y metodologías.
-
Fortalecer la incidencia o la movilización al nivel regional, a través
de procesos de mayor análisis del contexto y demayor articulación
dentro del Movimiento y con otras iniciativas y organizaciones que
desarrollan temáticas similares.
- Más espacios
de formación y capacitación dentro del Movimiento y mayor debate de
temáticas y conceptos para asumir posicionamientos regionales,
fortaleciendo también el espacio virtual.
-
Lograr que el enfoque de la integralidad de los derechos se incorpore
en los procesos de fortalecimiento de los sistemas especializados en
Justicia Penal Juvenil, en todos los niveles del Estado y en las
organizaciones sociales.
- Desarrollo de un
trabajo estratégico de sensibilización social que enfrente los
estereotipos que se difunden y la regresión en el respeto de los
derechos fundamentales que se produce por el avance de las tendencias
represivas de la Seguridad Ciudadana; así como una mayor visualización
de los resultados de la sensibilización.
-
Sostenibilidad de los programas de capacitación a operadores de
justicia de manera que permitan paulatinamente el desarrollo efectivo
de capacidades y la transformación institucional en términos de
estructura, enfoque y funcionamiento.
3.2.
“ACTUALIZACION DE LOS CONTEXTOS REGIONALES Y REFLEXION SOBRE LAS NUEVAS
TEMATICAS A SER INCLUIDAS EN EL PROYECTO DE CONTINUIDAD”
Martes 22 de mayo.
Participantes:
- Representantes de las Secciones de DNI de Paraguay, Colombia, Uruguay, Argentina, Bolivia, Ecuador, Chile y Brasil (ANCED)
- Representante de ICCO/Kerkinactie.
- Representante de Tierra de Hombres – Lausanne.
- Representante de Encuentros – Casa de la Juventud de Perú.
- Representante de Funprode.
-
Presentación del actual contexto político regional en lo relativo a los
adolescentes en conflicto con la ley, a cargo de Marcos Guillén
Diagnóstico:
Políticas represivas en las que se notaba ausencia de políticas hacia
la juventud. Hay serios inconvenientes de incorporación al trabajo o a
la educación. Sin embargo, las políticas son por excelencia de “mano
dura”.
En estos últimos 4 o 5 años se puede ver:
- Una modificación en las relaciones de fuerza en el contextos sociales
- Desde las organizaciones de la sociedad civil se da el pase de describir los efectos negativos de las políticas existentes
- Posicionamiento en las elecciones de sectores que se contraponían al poder de los políticos tradicionales.
- Recuperación del espacio político: en general rechazo a las políticas neoliberales.
- Una armonización de las legislaciones internas en base a la convención pensada en los jóvenes.
- Se tendía a influir en el Estado desde todos los sectores.
- Desde la sociedad civil se da mucha apertura para rescatar políticas para jóvenes
- Formación de agentes judiciales
- Actuación sobre formadores de opinión pública: elemento esencial a la hora de plantearse proyecto, modificación de políticas.
Aportes de los participantes:
Resumen
de los puntos señalados por los participantes, en el espacio previsto
para aportes que enriquezcan la revisión del contexto:
- Las políticas represivas siempre están latentes, sin embargo, se ve en la sociedad civil intentos de modificarlas.
-
Hay que tener presente, como DNI, la importancia de hacer seguimiento
sobre la distribución económica que hacen los gobiernos en los temas
que nos interesan a nosotros.
- Existe un
cierto condicionamiento a los organismos financieros, es decir, no se
dimensiona a lo que se va a destinar los fondos y en muchas ocasiones
estos créditos se destinan a obras contradictorias a la política. Los
Estados deben crear mecanismos para que desde el nivel nacional se
influya sobre la agenda.
- En el caso de las
financieras internacionales es necesario conocer los fines de las
financieras: unas están ligadas y pensadas en el tema de derechos y
otras únicamente en el tema de seguridad.
- El
proyecto de DNI inicia dando una problemática general, pero existe una
coyuntura de los hechos de septiembre que generó un problema de
seguridad mundial. En ese sentido, en el marco de la alarma social por
cuestiones de inseguridad se vio a los jóvenes como los posibles
causantes de estas situaciones.
- Hay que
actuar en la formación, principalmente del sector de los abogados, en
algunos sectores el tema de juventud y derechos es inexistente.
- No existe en algunos países una política que permita aplicar los programas sobre Justicia Juvenil.
-
Este contexto tiene que ver con el proyecto, el tema de la democracia
es esencial, los gobernantes no fortalecen la democracia.
-
América Latina esta creciendo económicamente en los últimos años, sin
embargo estos recursos no están orientados a mejorar la situación de
pobreza.
- Cuando se habla de democracias, más
que debilitadas, se podría hablar de democracias en crisis, se ve que
la democracia representativa ya no va más en la región. Las
organizaciones que trabajan en el tema de derechos de los niños, no
solo de adolescentes, no hemos terminado de salir del paradigma antiguo
de la situación irregular. Esto se puede ver claramente en la idea del
no reconocimiento de los adolescentes como sujetos de derechos que les
incluye una responsabilidad. O hay una posición de criminalización.
Todavía como operadores sociales seguimos en ese proceso y el darnos
cuenta de esto nos permitirá cambiar lo que hacemos. Es necesario ser
muy autocríticos en relación con nuestras posiciones.
- Sí
hemos aportado a los cambios sociales. En algunos casos, se siguen
manteniendo posiciones muy tradicionales en grupos que aparentemente
tienen una visión formada sobre el tema. Esto permite ver que sí existe
una deformación de los conceptos y se ven mentalidades de poder que
entorpecen y no entienden los nuevos paradigmas de la niñez.
-
Es importante mirar que los derechos se concretizan en políticas, y es
necesario reconocer que este es un tema desconocido para el gobierno,
para los operadores del sistema, etc. Es necesario advertir que se
deben considerar todos los sectores no solo el judicial, sino salud,
educación, etc. Además, es importante trabajar no solamente exigiendo
sino también proponiendo, no solo a nivel nacional sino a nivel local
con los gobiernos locales.
- Panorama regional de la Justicia Penal Juvenil en sus componentes jurídico legales, a cargo de Rose Marie Achá
Todos
los países latinoamericanos han ratificado la Convención sobre los
Derechos del Niño, particularmente en Sud América el período de
suscripciones y ratificaciones se ha dado en los años 1990-1991, cuando
todos los Estados asumen la Convención en sus legislaciones nacionales.
Sin
embargo, el proceso de adecuación de las leyes nacionales a la
Convención ha sido más lento, al punto que dicho proceso continúa
actualmente en algunos países, como Argentina, donde no hay leyes
específicas, basadas en la Convención, referidas a la Justicia Penal
Juvenil.
La mayoría de los países tienen ahora
una legislación acorde con la Convención,en algunos casos existen leyes
específicas de Justicia Penal Juvenil y en otros casos las
disposiciones al respecto se hallan en los Códigos referidos a la niñez
y adolescencia; sin embargo, el principal problema que se puede
observar es que estas leyes no se cumplen a cabalidad en la práctica.
Las razones de la falta de cumplimiento son persas: falta de
estructuras suficientes para aplicar determinadas medidas establecidas
legalmente, ausencia de voluntad política para impulsar el cumplimiento
de las normas referidas a adolescentes en conflicto con la ley,
invisibilización de este sector social en las políticas del Estado,
etc.; así como también algunos vacíos normativos que impiden el
cumplimiento cabal de la legislación, esto último es muy patente en los
países donde faltan reglamentaciones a las leyes, en forma de decretos
o resoluciones administrativas, lo que causa que gran parte de las
disposiciones legales no se puedan aplicar.
En
ese contexto general, se pueden señalar las siguientes problemáticas
comunes en los sistemas de justicia, vinculadas con la comisión de
infracciones o delitos por parte de adolescentes:
- Privación de libertad como medida de aplicación preferente. (régimen cerrado y régimen semi cerrado)
-
Ordenes de orientación, medidas socioeducativas, alternativas a la
judicialización, y otras sanciones no privativas de libertad existen en
las legislaciones pero el Estado no puede garantizar su aplicación
efectiva.
- Condiciones críticas de ejecución
de la sanción de privación de libertad (lugares no adecuados,
hacinamiento, convivencia en los mismos establecimientos que los
adultos, etc.)
- Falta de estructuras, recursos y voluntad política para la aplicación de las medidas que no implican privación de libertad.
- Existencia
de sanciones accesorias: Los adolescentes que infrinjan la ley también
pueden ser obligados por el juez a someterse a tratamientos de
rehabilitación por adicción a las drogas o al alcohol.
- Visión tutelar en los responsables de aplicar las leyes.
- Inversión más concentrada en medidas punitivas / retributivas.
- Visualización/asunción del enfoque de la Justicia Restaurativa.
-
Fuerte tendencia que relaciona los problemas de seguridad urbana con
los adolescentes y jóvenes, percepción generalizada de que la
delincuencia está en aumento y es más violenta, creación/mantenimiento
de estereotipos y priorización de medidas represivas.
-
Existencia de leyes u otras normas referidas a la Seguridad Ciudadana,
que en muchos casos contradicen los principios de la legislación de
derechos de la niñez y adolescencia, o que imponen otras sanciones no
previstas en esta legislación (batidas o redadas policiales,
detenciones a adolescentes y jóvenes que se encuentran consumiendo
alcohol, etc).
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| VARIABLES |
ARGENTINA |
BOLIVIA |
COLOMBIA |
COSTA RICA |
| LEYES |
-CDN[1], suscrita el 29/06/90 y ratificada el 04/12/90
- Ley Nacional de Protección Integral para Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26.061.
Justicia Penal Juvenil
- Leyes 22.278 y 22.803 del Régimen Penal de Minoridad (heredadas de las dictaduras militares).
Además, cada provincia aplica sus propias normas en materia de Justicia Juvenil. |
- CDN, suscrita el 08/03/90y ratificada el 26/06/90.
Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil
- Código del Niño, Niña y Adolescente - Ley 2026 de 27/10/99 (contiene
normas de Justicia Penal Juvenil para adolescentes de 12 a 15 años) -
Código de Procedimiento Penal - Ley 1970 de 31/05/99 (contiene normas
de Justicia Penal Juvenil para adolescentes de 16 a 18 años) . |
- CDN, suscrita el 26/01/90 y ratificada el 28/01/91.
Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil
- Código de la Niñez y Adolescencia. |
- CDN, suscrita el 26/01/90 y ratificada el 21/08/90.
Sobre Justicia Penal Juvenil
- Ley de Justicia Penal Juvenil Nº 7576
- Ley de Ejecución delas Sanciones Penales Juveniles. |
| SUJETOS |
Las
leyes 22.278 y 22.803 señalan dos grupos: las personas menores de 16
(régimen tutelar) que no son imputables aunque el juez puede ordenar su
internación, y las personas mayores de 16 y menores de 18 años (régimen
penal) que puede ser procesada y condenada por un delito. |
Los adolescentes comprendidos entre los 12 hasta los 18 años de edad. |
Son sujetos las personas menores de 18 años. |
Son sujetos las personas menores de edadentre los 12 y 18 años. |
| VARIABLES |
CHILE |
ECUADOR |
PARAGUAY |
URUGUAY |
| LEYES |
CDN, suscrita el 26/01/90 y ratificada el 13 de agosto de 1990.
Sobre Justicia Penal Juvenil
- Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, promulgada el 2 de octubre de 2005. |
CDN, suscrita el 26 de enero de 1990 y ratificada el 23 de marzo de 1990.
Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil
- Código de la Niñez y Adolescencia de 1 de julio de 2003. |
CDN, suscrita el 4 de abril de 1990 y ratificada el 25 de septiembre de 1990.
Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil
- Código de la Niñez y Adolescencia de 30 de noviembre de 2001 |
CDN, suscrita el 26 de enero de 1990 y ratificada el 20 de noviembre de 1990.
Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil
- Código de la Niñez y Adolescencia, en vigencia desde noviembre de 2004. |
| SUJETOS |
Las
personas mayores de catorce y menores de dieciocho años. Los
procedimientos de la nueva Ley se aplican en este rango de edad . |
Son
sujetos sólo los adolescentes, es decirlas personas entre doce y
dieciocho años de edad. Los adolescentes son penalmente inimputables y,
por tanto, las infracciones son conocidas por jueces especiales,
asimismo, están sujetos a medidas socio-educativas por su
responsabilidad. |
Son
sujetos los adolescentes de ambos sexos, entre 13 y 18 años de edad,
declarados responsables de una infracción a la ley penal por el Juzgado
Penal de la Adolescencia. |
Son sujetos los adolescentes, es decir los mayores de trece y menores de dieciocho años de edad. |
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| OTROS PAISES DE SUD AMERICA |
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| VARIABLES |
BRASIL |
PERU |
VENEZUELA |
| LEYES |
Sobre protección de derechos y casos de infracción a la ley-Estatuto del Niño y del Adolescente – Ley Nº 8069 de 1990. |
Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil- Código de los Niños y los Adolescentes – Ley Nº 27337 de 2000. |
Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil- Ley Orgánica del Niño y del Adolescente |
| SUJETOS |
Los adolescentes desde los 12 a los 18 años. |
Son sujetos los adolescentes desde los 12 a los 18 años. (Los niños
menores de 12 años que cometan infracciones son sujetos a medidas de
protección, y no a procesamiento). |
Son sujetos los adolescentes desde los 12 años hasta antes de cumplir
los 18 años. Para la aplicación de las sanciones se diferencian dos
grupos: de 12 años hasta menos de 14, y de 14 años hasta menos de 18. |
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Aportes de los participantes:
- La
Convención debe cumplirse obligatoriamente en los países, aunque no
existan leyes específicas sobre el tema de Justicia Penal Juvenil. Esto
sucede por ejemplo en Argentina donde los jueces imponen medidas como
la libertad asistida basándose exclusivamente en la Convención debido a
que no existe una ley nacional específica sobre Justicia Penal Juvenil.
- También suele haber una discusión
sobre la aplicación de la ley, respecto a si los instrumentos
internacionales (Convención y otros) se encuentran por sobre la
Constitución Política del Estado o si tienen rango de leyes. Este
aspecto tiene sus diferencias en cada país dependiendo de las
disposiciones que contenga cada Constitución sobre el rango de los
instrumentos ratificados.
- Los
gobiernos no han trabajado un proceso de consulta a la población sobre
la ratificación de convenios o tratados internacionales.
-
Mientras que en casos de otros convenios internacionales el proceso de
revisión y ratificación en cada Estado suele demorar muchos años, en el
caso de la Convención sobre los Derechos del Niño su ratificación por
los Estados ha sido casi inmediata. Sin embargo, ello estuvo en un
contexto histórico determinado, se produce durante el fin de la Guerra
Fría donde los países estaban interesados en hacerse notar
políticamente.
- El problema es que los Estados suscriben y ratifican los instrumentos internacionales, para después dejarlos sin aplicación.
- En
Brasil se utiliza el término Justicia Juvenil, no puede hablarse de
Justicia Penal Juvenil, debido a las características del sistema
existente.
- Sería necesario
diferenciar las características y la realidad de América del Sur y la
de América Central. Sin embargo, en general los problemas son comunes a
todos los países latinoamericanos.
-
En el momento de la detención de un adolescente se produce la violación
de sus derechos por parte de la autoridad, esto es un indicador de cómo
va a ser tratado por el sistema durante el proceso.
- Situación socio política del Ecuador, a cargo de Fernando López
En
los últimos años por las medidas adoptadas por el gobierno el Estado
reduce su institucionalidad, pierde funciones progresivamente y pierde
espacios. Esto hace que se vayan debilitando las funciones y se asuman
éstas por espacios ligados al sector privado.
Uno de
los puntos más altos de la des-institucionalización se presenta en el
gobierno de Lucio Gutiérrez, que termina en la destitución del
presidente con una fuerza mayoritaria en la Sierra concretamente en
Quito. Este momento puede considerarse el primer freno a la acción del
gobierno.
Resumen sobre la situación actual:
Gobierno de Rafael Correa, enfoque de fortalecimiento político y
económico en lo regional que permita la separación de otras entidades
como el Banco Mundial, etc.
Planteamiento del Plan
Ecuador: política de estado con relación a seguridad y cultura de paz,
específicamente con las 4 provincias limítrofes con Colombia.
Situación
actual del gobierno: Presencia fuerte no solo por el cumplimiento de
los ofrecimientos de campaña sino por sus actitudes sociales en la
gestión, que dan la visión de cercanía (por ejemplo, el funcionamiento
de un gabinete itinerante).
Actualmente se da una
confrontación muy fuerte entre Correa y la prensa, está en juego la
libertad de prensa, la libertad de opinión, pero se ha puesto en debate
el cuestionamiento ciudadano hacia los medios de comunicación.
Perspectiva:
Asamblea: el gobierno ha organizado una comisión para la elaboración de
la nueva constitución, sin embargo no hay una propuesta social, se ha
seccionado mucho y cada sector lleva su propia propuesta a la Asamblea,
hay muchos intereses en juego y se debe armonizar esto.
-
Presentación sobre “Justicia Restaurativa, contenidos teóricos y
metodológicos y experiencias practicas”, a cargo de Jean Schmitz y
Oscar Vásquez.
Tomando en cuenta
que los contenidos de las presentaciones sobre Justicia Restaurativa se
abordaron durante el evento público, el primer día del Encuentro, se
define que la exposición de esta tarde busque, mas bien, responder a
las interrogantes existentes yprofundizar los temas en consulta. En ese
sentido, los participantes de Perú, Jean Schmitz y Oscar Vásquez,
deciden realizar ambos una sola presentación:
El
proyecto de Justicia Restaurativa en Perú fue construido con los
actores claves. La planificación se desarrolló durante tres días con
representantes de instituciones públicas y privadas relacionadas con el
tema. En Perú es difícil conseguir convenios con un proyecto, pero al
ser parte del proyecto fue más fácil que las instituciones suscriban
convenios.
El proyecto se ha ejecutado durante 3
años, se piensa ampliar en el tiempo y en territorio, cambiando un poco
la estrategia. Se pretende que ahora este trabajo sea asimilado, y ya
no solo ejecutado por una ONG; vale decir hay que transferir las
competencias y responsabilidades.
Se trata de
trabajar no solo en la mediación sino también con las víctimas. El
proyecto pretende demostrar que eso costaría menos al Estado y con
mejores resultados; se está realizando un estudio costo/beneficio.
Además, se sigue capacitando a los operadores de justicia.
Primera serie de preguntas de los participantes:
-
Los organismos de Derechos Humanos, ¿podemos hacer mediación? El
mediador tiene que estar en otra posición. ¿Es posible, entonces, que
haya personas que se formen en mediación y no sean defensores de
Derechos Humanos puesto que el mediador por su posición no debe tener
un partido?
- ¿El aumento de la delincuencia juvenil, es real o solo una percepción? De donde se sacaron las cifras?
- De donde surge el tema de la justicia restaurativa? Quién la promueve?
- Cuando
hablamos de justicia restaurativa hablamos de un enfoque, manera
diferente de ver? El enfoque restaurativo tiene una percepción distinta
de las retributiva? La restaurativa es un puente entre la retributiva y
la tutelar?.Es un enfoque estamos hablando de un tipo de justicia?
- Cómo resuelven el problema del poder en la relación víctima infractor en el proceso de mediación?
-
En el modelo de intervención se contempla la reparación del daño de
vulneración de derechos que vienen previo al delito, abuso, maltrato
vulneración que es parte de su situación de vida?
-
Cómo se empata el planteamiento de la justicia restaurativa (infractor
-víctima - comunidad) con un sistema de justicia que tiene una forma de
planteamiento rígido, marco de institucional retributiva?
- En Perú hay sistemas tradicionales, cómo es pueden usar esos sistemas?
Respuestas por tema mencionado:
Mediación:
En
principio se hacía conciliación y no mediación, con un abogado no
imparcial.Ahora la trabajadora social no es parte del equipo de
defensa, es neutral, su papel es aproximarse al y infractor y víctima
para ver la posibilidad de encuentro.
El mediador
explica la idea de la mediación y las reglas de juego, facilita el
proceso pero debe dejar espacio para cada parte. Debe haber acuerdo en
el encuentro y las condiciones del encuentro.
El
mediador debe ser externo al proyecto y neutral. Esto le da a cada
parte la posibilidad de expresarse y ver el mejor sistema de rendir
cuentas y arreglar. Hay mediaciones indirectas, es cuando existe la
posibilidad de mediar pero sin ver al infractor.
Justicia Juvenil Restaurativa
La
Justicia Juvenil Restaurativa no es ecléctica, y más que enfoque es una
filosofía. Es una forma de hacer justicia distinta a la de Occidente,
recoge cosas que se están dando en la realidad, replantea el castigo
por encima de éste se encuentra la reparación, mira hacia el futuro.
Esta mirada está en construcción, hay distintas maneras de entender la
Justicia Restaurativa.
Los instrumentos básicos son
la mediación y la prestación de servicios a la comunidad.Mediación no
tanto como figura legal sino como instrumento de trabajo que puede
apoyar la reparación. La Justicia restaurativa está abierta a recoger y
complementar.
La mediación en el sistema judicial
debe estar ligada al sistema.Se busca personas neutras pero con la
aprobación del juez o fiscal. El mediador trata de encontrar una
respuesta de las propias partes. El mediador debe no s{olo recomponer
el conflicto entre la víctima y el infractor sino que, además, el
conflicto que se ha generado entre el infractor y la comunidad, puesto
que se ha quebrantado una ley, un bien comunitario.
La
Justicia Restaurativa ha surgido de países como Nueva Zelanda y Canadá
tomándolo de la forma de hacer justicia de la población indígena.
Poder en la mediación
Existe
problema de poder entre víctima y ofensor cuando existe convivencia. En
otros casos la posición de poder no impide la mediación.
El proyecto trata de responder aproblemas estructurales de la Justicia Juvenil en el sistema de justicia peruano peruano:
Indefensión (se carece de defensa oportuna)
Tendencia a la excesiva judicialización e internamiento
Jueces y fiscales no cuentan, se prioriza equipos mutidiciplinarios
Sistemas tradicionales
El
proyecto empieza con los casos más sencillos, porque se cuida de no
fallar debido a que los operadores de justicia, que tienen una
mentalidad retributiva, podrían cuestionar el proyecto diciendo que no
es factible.
Segunda serie de preguntas de los participantes:
- ¿Cómo se aplica la Justicia Restaurativa cuando son delitos contra la vida o delitos sexuales?
-
Elementos centrales de la Justicia Juvenil son el papel preponderante
del fiscal, y el procedimiento garantista. ¿Cuál es el papel de los
fiscales y de los equipos multidiciplinarios, en la Justicia
Restaurativa? ¿Seguimiento?
- ¿Se
puede plantear como una propuesta distinta de la justicia penal? ¿Es
posible plantar desde la justicia restaurativa un concepto de delito?
¿La restauración es diferente de la sanción, debe o no debe ser
sancionado?
- ¿Qué papel tiene el Estado frente a la comisión de delitos?
- ¿Hasta dónde se puede llegar con las prácticas restaurativas?
Respuestas:
Justicia
Restaurativa no es la panacea, es un modelo, no va a encontrarse con la
justicia retributiva y se utiliza en delitos menores e intermedios. La
Justicia Restaurativa no se aplica en todos los casos, por ejemplo en
la región no se suele aplicar en casos de delitos de carácter sexual,
aunque en otros países de otros continentes sí se aplica en éstos.
La
remisión, mediación y prestación de servicios son instrumentos
educativos, dan la posibilidad de reparar. Tiene que haber una posición
positiva del infractor de hacer algo para reparar el daño.
3.3. “PROYECTO DE CONTINUIDAD Y RELACION CON ICCO/KERKINACTIE”
Miércoles 23 de mayo de 2007
Participantes:
- Representantes de las Secciones de DNI de Paraguay, Colombia, Uruguay, Argentina, Bolivia, Ecuador, Chile y Brasil (ANCED)
- Representante de ICCO/Kerkinactie.
- Representante de Funprode.
- Presentación del proyecto regional de continuidad en Justicia Penal Juvenil, a cargo de Rose Marie Achá
Proyecto regional: Ejecutores:
- Secciones de Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile y Uruguay con financiamiento de Kerkinactie
- Secciones de Ecuador y Paraguay con financiamiento de Porticus
- Reintegra de México (con aportes propios hasta la consecución del apoyo de otros financiadores)
Líneas asumidas para etapa de continuidad:
- Promoción de medidas no privativas de libertad con enfoque de justicia restaurativa
- Reforzamiento de la aplicación de la ley.Promover la plena aplicación de la nueva legislación.
- Programas de capacitación a operadores de justicia
- Sensibilización social
- Prevención de la violencia social
- Monitoreo al cumplimiento de las recomendaciones del comité de derechos del Niño.
Objetivos y resultados del proyecto de continuidad:
Objetivo general:
-
Promover el funcionamiento de sistemas especializados de Justicia Penal
Juvenil en la región, así como programas de prevención de la violencia,
aplicando las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño.
Componente 1. Legislación
Sub-Objetivo:
-
Impulsar la vigencia plena de una legislación en materia de justicia
penal juvenil coherente con los artículos 37 y 40 de la Convención
sobre los Derechos del Niño.
Resultados esperados:
- Proceso de adecuación de la legislación a la Convención sobre los Derechos del Niño fortalecido con las acciones de DNI.
- Se
identifican los vacíos y obstáculos que requieren ser superados para la
aplicación efectiva de aquella normativa acorde con la Convención.
Componente 2. Medidas no privativas de libertad.
Sub-Objetivo:
- Promocionar e implementar el uso de sanciones no privativas de libertad con enfoque en Justicia Restaurativa.
Resultados esperados:
-
Validación e institucionalización. Se desarrollan programas de medidas
no privativas de libertad promovidas por DNI ampliando la cobertura en
la atención de casos.
- Se
profundiza el estudio de prácticas relacionadas con el enfoque de la
Justicia Restaurativa y la desjudicialización de casos, desarrollándose
propuestas metodológicas innovadoras.
- Se brinda apoyo en asesoría legal y protección de derechos en el marco de la promoción de medidas no privativas de libertad.
Componente 3. Capacitación y sensibilización
Sub-Objetivo:
- Impulsar
la especialización de los diferentes actores del sistema de justicia, y
promover la comprensión social de la situación de los adolescentes en
conflicto con la ley.
Resultados esperados:
- Nuevas estrategias de capacitación y sensibilización son diseñadas y aplicadas.
-
Actores del Poder Judicial, Ministerio Público, Policía e instancias
administrativas capacitados en Justicia Penal Juvenil, contando con los
conocimientos y herramientas suficientes para mejorar la atención de
casos y administrar justicia de acuerdo con los principios
internacionales.
- Trabajadores de
medios de comunicación y sectores de la comunidad sensibilizados sobre
la situación de los adolescentes en conflicto con la ley.
Componente 4. Prevención de la violencia
Sub-Objetivo:
- Contribuir
a la prevención de la violencia y el delito mediante la promoción de
los derechos de los niños, niñas y adolescentes y el impulso a la
implementación de políticas públicas integrales.
Resultados esperados:
- Se
ha promovido la implementación de políticas, planes y programas
sociales dirigidos a la generación de oportunidades y a la superación
de conflictos.
- Se ha fomentado
un mayor debate público y el desarrollo de alianzas y redes con otras
organizaciones vinculadas al trabajo con adolescentes en conflicto con
la ley.
Componente 5. Monitoreo e incidencia
Sub- Objetivo:
- Monitorear
la aplicación de las recomendaciones del Comité de los Derechos del
Niño y otros principios internacionales y regionales de Justicia Penal
Juvenil, en los países donde se ejecuta el proyecto.
Resultados esperados:
- Se
difunde regularmente información cuantitativa y cualitativa sobre los
avances de los sistemas de Justicia Penal Juvenil en el cumplimiento de
las recomendaciones del Comité de Derechos del Niño.
- Se
conocen y utilizan las herramientas de los organismos del sistema
interamericano para la promoción de los derechos de los adolescentes en
conflicto con la ley.
- Se han
realizado encuentros y debates regionales con la participación de las
Secciones de DNI, instituciones y expertos para la profundización de
las temáticas y los enfoques renovados de la Justicia Penal Juvenil,
desarrollando estrategias de difusión de los productos generados por el
proyecto.
- Se han establecido las bases de un observatorio latinoamericano de Justicia Penal Juvenil.
Temas que surgieron para debate y consultas de los participantes:
JUSTICIA RESTAURATIVA:
-
Aún falta más comprensión del tema de la Justicia Restaurativa, hay
experiencias ya ejecutadas que han dejado lecciones, también existen
muchas críticas al funcionamiento de los métodos restaurativos.
- Es
más conveniente decir que el proyecto de continuidad aportará en
estudio e intercambio sobre el tema, y se profundizará en el
conocimiento de prácticas con enfoque de la Justicia Restaurativa.
PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA:
- ¿Qué
tipo de violencia se quiere prevenir? Violencia social/estructural. Hay
que revisar más los conceptos que se manejan, y unificar los criterios.
Asimismo, hay que eliminar la visión de que los adolescentes o jóvenes
sean generadores de violencia.
-
Es necesario profundizar la discusión sobre lo que es la prevención de
la violencia. ¿Prevención primaria, secundaria, terciaria?
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| PANORAMA DE EJECUCION DEL PROYECTO DE JUSTICIA PENAL JUVENIL |
| COMPONENTE/PAIS |
LEGISLACION |
MEDIDAS NO PRIVATIVAS DE LIBERTAD |
CAPACITACION Y SENSIBILIZACION |
PREVENCION DE LA VIOLENCIA |
INCIDENCIA POLITICA |
| Argentina |
Xxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
xxxxxxx |
| Bolivia |
Xxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
|
| Colombia |
Xxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
|
xxxxxxx |
| Costa Rica |
Xxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
xxxxxxx |
| Chile |
|
Xxxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
|
|
| Uruguay |
Xxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
xxxxxxx |
| Ecuador |
|
Xxxxxxxxxxxxx |
|
|
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| Paraguay |
Xxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxxxx |
xxxxxxxxxxxx |
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| Reintegra de México |
Xxxxxxxxxx |
|
xxxxxxxxxxxx |
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Las
Secciones de Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile y Uruguay
ejecutarán la etapa de continuidad del proyecto regional con el apoyo
financiero de ICCO/Kerkinactie.
Las Secciones de Ecuador y Paraguay ejecutarán la etapa de continuidad con el apoyo financiero de Porticus.
A
partir de esta gestión, se integra también del proyecto regional de
Justicia Penal Juvenil la organización Reintegra de México, miembro
asociado al Movimiento DNI.
Por otra parte, a
solicitud de la representante de la financiera ICCO/Kerkinactie, se
abre la posibilidad de una mayor integración entre el proyecto regional
de DNI y otras organizaciones de la región que no formen parte del
Movimiento pero sí del programa de ICCO/Kerkinactie.
Es
necesario analizar a profundidad la integración al proyecto regional de
Justicia Penal Juvenil de otras organizaciones que no son DNI. Se
requiere unos meses de discusión y consulta para poder definir el tipo
de articulación regional que se llevaría adelante. A ese fin, se
determina la realización de una reunión regional antes de fin de año
para tomar las definiciones sobre la integración con las otras
organizaciones. Dicha reunión se realizará en Fortaleza, Brasil, el mes
de octubre.
- Resumen de los acuerdos alcanzados, a cargo de Rose Marie Achá
Sobre aspectos de contenido:
1.- Integración regional al proyecto:
Se
realizará un intercambio y análisis vía correo electrónico sobre cómo
se debe plantear una integración con otras organizaciones en el marco
del proyecto regional, a fin de tener una propuesta base para la
reunión prevista a realizarse en octubre.
2.- Planteamiento de prevención de violencia:
Se
continuará con un proceso de intercambio y análisis sobre cómo se
concibe la prevención de la violencia, qué se plantea hacer y cómo esto
se relaciona con otros Componentes del proyecto así como con otras
iniciativas del Movimiento (campañas).
Sobre temas prácticos:
1.-
Inicio del proyecto de continuidad financiado por ICCO/Kerkinactie, a
partir de mayo de 2007. Ejecución a cargo de las Secciones de
Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile y Uruguay.
2.-
El proyecto de continuidad en las Secciones de Ecuador y Paraguay, que
reciben el apoyo financiero de Porticus, se iniciará a partir de
octubre de 2007.
- Presentaciones a cargo de Marcos Guillén:
Marcos
Guillén realiza la presentación de las actividades de la
Vicepresidencia Regional de DNI, la cual se halla a cargo de Virginia
Murillo, Presidenta de DNI Costa Rica. Asimismo, hace referencia a la
iniciativa de propuesta para el Seguimiento a la Recomendación General
Nº 10 sobre Justicia Penal Juvenil , y a la campaña regional que se
comenzará a preparar en la misma línea de la Campaña Mundial “Ningún
Niño detrás de las Rejas”, que se halla ya en ejecución. Desde América
Latina se pensó que era más conveniente presentar una propuesta
regional, es importante hacer un intercambio de opiniones para tener
más insumos que incorporar a la propuesta de campaña, la cual va a
contener también lo en este Encuentro.
Breve evaluación del Encuentro Regional.
Aportes:
- Se debe felicitar por la organización del evento. Buen espacio, buena atención.
-
En cuanto a la agenda, se fue ágil en la medida en que se pudo mover la
agendade acuerdo con los requerimientos que fueron apareciendo, a fin
de tratar todos los temas. En este caso, fue muy conveniente haber
priorizado los temas fundamentales del evento.
-
Ha existido un avance de los Encuentros anteriores a éste, hay muchos
avances y aprendizajes. Hubo más puntos en común que disensos.
- Se cumplieron los objetivos tanto en metodología como en contenido.
-
Es importante llevar una propuesta sobre coordinación/articulación del
trabajo en la región al evento nuevo que se está organizando.
Se finaliza con la clausura del Encuentro Regional y la entrega de certificados a los participantes.
[1]Convención sobre los Derechos del Niño
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