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III. ENCUENTRO REGIONAL DEL PROYECTO JUSTICIA PENAL JUVENIL

3.1. “PRESENTACION DE LA SISTEMATIZACION DEL PROYECTO REGIONAL Y COMPLEMENTACIONES”

Lunes 21 de mayo: Horas de la tarde.

Participantes:

- Representantes de las Secciones de DNI de Paraguay, Colombia, Uruguay, Argentina, Bolivia, Ecuador, Chile y Brasil (ANCED)

- Representante de ICCO/Kerkinactie, Thilly de Boer.

 

- Presentación de la sistematización de las experiencias, resultados alcanzados a través del proyecto regional, a cargo de Rose Marie Achá

La Coordinación Regional presentó la sistematización realizada de los tres años de ejecución del proyecto regional de Justicia Penal Juvenil, basada en los informes periódicos del proyecto, las matrices completadas por las Secciones de DNI, los resultados de los Encuentros Regionales 2005 y 2006 y los demás documentos producidos en el transcurso de los tres años de ejecución.

Asimismo, se acordó que la sistematización de la experiencia del proyecto fuera recogida en una publicación, para su difusión a nivel regional a fin de aportar al trabajo y a los debates existentes en los diferentes ámbitos regionales sobre Justicia Penal Juvenil.

 

Principales lecciones aprendidas:

  • Desde el inicio de la ejecución del proyecto, las actividades en los cuatro Componentes tuvieron como elemento requerido para el éxito y la sostenibilidad de las acciones el fortalecimiento de alianzas y la coordinación entre DNI y las instituciones del Estado.
  • Pese a que el cumplimiento de la legislación en Justicia Penal Juvenil es una obligación de las autoridades judiciales y administrativas, en el desarrollo del proyecto se ha visto que el hecho de que existan convenios suscritos o compromisos asumidos con el Estado no asegura que éstos sean cumplidos, por diferentes motivos que hacen al funcionamiento y burocracia de los Estados, lo cual requiere de actividades de seguimiento permanente y el fortalecimiento de las alianzas con organizaciones de la sociedad civil para ejercer presión.
  • Es importante mantener la práctica de la elaboración conjunta o coordinada de metodologías y programas, así como su validación, tanto con niveles del Estado como con organizaciones de la sociedad civil.
  • En las localizaciones donde se han promocionado los programas de sanciones no privativas de libertad se ha percibido una nueva dirección en las instituciones del Estado (juzgados, fiscalía, centros de privación de libertad) más abierta hacia la aplicación de dichas alternativas. Sin embargo, se debe cuidar de no realizar actividades que pueden equipararse al asistencialismo o sustituir a los órganos del Estado en la aplicación de las sanciones.
  • Siguiendo ese análisis, la mejor vía de trabajo para la etapa de continuidad, en cuanto a ampliar la promoción de las sanciones no privativas de libertad, no es ampliar el número de localizaciones donde se aplican sino lograr la institucionalización de los modelos diseñados.
  • Al promocionar la implementación de sanciones no privativas de libertad, en la búsqueda de una mayor efectividad y cumplimiento de los objetivos del sistema de Justicia Penal Juvenil se ha ingresado al análisis de la Justicia Restaurativa, como recurso para hacer efectivos los procesos de responsabilización en los adolescentes en conflicto con la ley y también como vía de trabajo pedagógico no procesal-judicial, sin embargo, es necesaria una mayor profundización y un mejor conocimiento del enfoque de la Justicia Restaurativa para asumirlo en la ejecución del proyecto.
  • Se ha demostrado la efectividad táctica de realizar actividades de sensibilización sobre derechos de niños, niñas y adolescentes en general, y a través de ello ingresar a abordar la situación de los adolescentes en conflicto con la ley, o de seleccionar herramientas estratégicas para promover la reflexión, como formas de superar la resistencia usual que se presenta cuando se aborda el tema de derechos en Justicia Penal Juvenil.
  • Se ha comprobado la eficacia del monitoreo (visitas periódicas a centros, coordinación con operadores de justicia) como forma de asegurar el cumplimiento de las responsabilidades estatales vinculadas a un buen funcionamiento del sistema de Justicia Penal Juvenil y una menor violación de derechos.

Recomendaciones:

  • Dar continuidad al impulso de procesos de reforma legislativa y normativa, de manera de posibilitar una base jurídica y legal sólida en los países que facilite la aplicación de los principios de la CDN. Para ello, se debe fortalecer la alianza en dos niveles, al nivel institucional/estatal para poder participar de los procesos legislativos y normativos, y al nivel de la sociedad civil, para impulsar la reflexión y la intervención en cuanto a la elaboración, aprobación o complementación de leyes y reglamentos.
  • Enfocar el trabajo de promoción de sanciones no privativas de libertad hacia la institucionalización de losmodelos y metodologías.
  • Fortalecer la incidencia o la movilización al nivel regional, a través de procesos de mayor análisis del contexto y demayor articulación dentro del Movimiento y con otras iniciativas y organizaciones que desarrollan temáticas similares.
  • Más espacios de formación y capacitación dentro del Movimiento y mayor debate de temáticas y conceptos para asumir posicionamientos regionales, fortaleciendo también el espacio virtual.
  • Lograr que el enfoque de la integralidad de los derechos se incorpore en los procesos de fortalecimiento de los sistemas especializados en Justicia Penal Juvenil, en todos los niveles del Estado y en las organizaciones sociales.
  • Desarrollo de un trabajo estratégico de sensibilización social que enfrente los estereotipos que se difunden y la regresión en el respeto de los derechos fundamentales que se produce por el avance de las tendencias represivas de la Seguridad Ciudadana; así como una mayor visualización de los resultados de la sensibilización.
  • Sostenibilidad de los programas de capacitación a operadores de justicia de manera que permitan paulatinamente el desarrollo efectivo de capacidades y la transformación institucional en términos de estructura, enfoque y funcionamiento.

3.2. “ACTUALIZACION DE LOS CONTEXTOS REGIONALES Y REFLEXION SOBRE LAS NUEVAS TEMATICAS A SER INCLUIDAS EN EL PROYECTO DE CONTINUIDAD”

Martes 22 de mayo.

Participantes:

  • Representantes de las Secciones de DNI de Paraguay, Colombia, Uruguay, Argentina, Bolivia, Ecuador, Chile y Brasil (ANCED)
  • Representante de ICCO/Kerkinactie.
  • Representante de Tierra de Hombres – Lausanne.
  • Representante de Encuentros – Casa de la Juventud de Perú.
  • Representante de Funprode.

- Presentación del actual contexto político regional en lo relativo a los adolescentes en conflicto con la ley, a cargo de Marcos Guillén

Diagnóstico: Políticas represivas en las que se notaba ausencia de políticas hacia la juventud. Hay serios inconvenientes de incorporación al trabajo o a la educación. Sin embargo, las políticas son por excelencia de “mano dura”.

En estos últimos 4 o 5 años se puede ver:

  • Una modificación en las relaciones de fuerza en el contextos sociales
  • Desde las organizaciones de la sociedad civil se da el pase de describir los efectos negativos de las políticas existentes
  • Posicionamiento en las elecciones de sectores que se contraponían al poder de los políticos tradicionales.
  • Recuperación del espacio político: en general rechazo a las políticas neoliberales.
  • Una armonización de las legislaciones internas en base a la convención pensada en los jóvenes.
  • Se tendía a influir en el Estado desde todos los sectores.
  • Desde la sociedad civil se da mucha apertura para rescatar políticas para jóvenes
  • Formación de agentes judiciales
  • Actuación sobre formadores de opinión pública: elemento esencial a la hora de plantearse proyecto, modificación de políticas.

Aportes de los participantes:

Resumen de los puntos señalados por los participantes, en el espacio previsto para aportes que enriquezcan la revisión del contexto:

  • Las políticas represivas siempre están latentes, sin embargo, se ve en la sociedad civil intentos de modificarlas.
  • Hay que tener presente, como DNI, la importancia de hacer seguimiento sobre la distribución económica que hacen los gobiernos en los temas que nos interesan a nosotros.
  • Existe un cierto condicionamiento a los organismos financieros, es decir, no se dimensiona a lo que se va a destinar los fondos y en muchas ocasiones estos créditos se destinan a obras contradictorias a la política. Los Estados deben crear mecanismos para que desde el nivel nacional se influya sobre la agenda.
  • En el caso de las financieras internacionales es necesario conocer los fines de las financieras: unas están ligadas y pensadas en el tema de derechos y otras únicamente en el tema de seguridad.
  • El proyecto de DNI inicia dando una problemática general, pero existe una coyuntura de los hechos de septiembre que generó un problema de seguridad mundial. En ese sentido, en el marco de la alarma social por cuestiones de inseguridad se vio a los jóvenes como los posibles causantes de estas situaciones.
  • Hay que actuar en la formación, principalmente del sector de los abogados, en algunos sectores el tema de juventud y derechos es inexistente.
  • No existe en algunos países una política que permita aplicar los programas sobre Justicia Juvenil.
  • Este contexto tiene que ver con el proyecto, el tema de la democracia es esencial, los gobernantes no fortalecen la democracia.
  • América Latina esta creciendo económicamente en los últimos años, sin embargo estos recursos no están orientados a mejorar la situación de pobreza.
  • Cuando se habla de democracias, más que debilitadas, se podría hablar de democracias en crisis, se ve que la democracia representativa ya no va más en la región. Las organizaciones que trabajan en el tema de derechos de los niños, no solo de adolescentes, no hemos terminado de salir del paradigma antiguo de la situación irregular. Esto se puede ver claramente en la idea del no reconocimiento de los adolescentes como sujetos de derechos que les incluye una responsabilidad. O hay una posición de criminalización. Todavía como operadores sociales seguimos en ese proceso y el darnos cuenta de esto nos permitirá cambiar lo que hacemos. Es necesario ser muy autocríticos en relación con nuestras posiciones.
  • Sí hemos aportado a los cambios sociales. En algunos casos, se siguen manteniendo posiciones muy tradicionales en grupos que aparentemente tienen una visión formada sobre el tema. Esto permite ver que sí existe una deformación de los conceptos y se ven mentalidades de poder que entorpecen y no entienden los nuevos paradigmas de la niñez.
  • Es importante mirar que los derechos se concretizan en políticas, y es necesario reconocer que este es un tema desconocido para el gobierno, para los operadores del sistema, etc. Es necesario advertir que se deben considerar todos los sectores no solo el judicial, sino salud, educación, etc. Además, es importante trabajar no solamente exigiendo sino también proponiendo, no solo a nivel nacional sino a nivel local con los gobiernos locales.

- Panorama regional de la Justicia Penal Juvenil en sus componentes jurídico legales, a cargo de Rose Marie Achá

Todos los países latinoamericanos han ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, particularmente en Sud América el período de suscripciones y ratificaciones se ha dado en los años 1990-1991, cuando todos los Estados asumen la Convención en sus legislaciones nacionales.

Sin embargo, el proceso de adecuación de las leyes nacionales a la Convención ha sido más lento, al punto que dicho proceso continúa actualmente en algunos países, como Argentina, donde no hay leyes específicas, basadas en la Convención, referidas a la Justicia Penal Juvenil.

La mayoría de los países tienen ahora una legislación acorde con la Convención,en algunos casos existen leyes específicas de Justicia Penal Juvenil y en otros casos las disposiciones al respecto se hallan en los Códigos referidos a la niñez y adolescencia; sin embargo, el principal problema que se puede observar es que estas leyes no se cumplen a cabalidad en la práctica. Las razones de la falta de cumplimiento son persas: falta de estructuras suficientes para aplicar determinadas medidas establecidas legalmente, ausencia de voluntad política para impulsar el cumplimiento de las normas referidas a adolescentes en conflicto con la ley, invisibilización de este sector social en las políticas del Estado, etc.; así como también algunos vacíos normativos que impiden el cumplimiento cabal de la legislación, esto último es muy patente en los países donde faltan reglamentaciones a las leyes, en forma de decretos o resoluciones administrativas, lo que causa que gran parte de las disposiciones legales no se puedan aplicar.

En ese contexto general, se pueden señalar las siguientes problemáticas comunes en los sistemas de justicia, vinculadas con la comisión de infracciones o delitos por parte de adolescentes:

  • Privación de libertad como medida de aplicación preferente. (régimen cerrado y régimen semi cerrado)
  • Ordenes de orientación, medidas socioeducativas, alternativas a la judicialización, y otras sanciones no privativas de libertad existen en las legislaciones pero el Estado no puede garantizar su aplicación efectiva.
  • Condiciones críticas de ejecución de la sanción de privación de libertad (lugares no adecuados, hacinamiento, convivencia en los mismos establecimientos que los adultos, etc.)
  • Falta de estructuras, recursos y voluntad política para la aplicación de las medidas que no implican privación de libertad.
  • Existencia de sanciones accesorias: Los adolescentes que infrinjan la ley también pueden ser obligados por el juez a someterse a tratamientos de rehabilitación por adicción a las drogas o al alcohol.
  • Visión tutelar en los responsables de aplicar las leyes.
  • Inversión más concentrada en medidas punitivas / retributivas.
  • Visualización/asunción del enfoque de la Justicia Restaurativa.
  • Fuerte tendencia que relaciona los problemas de seguridad urbana con los adolescentes y jóvenes, percepción generalizada de que la delincuencia está en aumento y es más violenta, creación/mantenimiento de estereotipos y priorización de medidas represivas.
  • Existencia de leyes u otras normas referidas a la Seguridad Ciudadana, que en muchos casos contradicen los principios de la legislación de derechos de la niñez y adolescencia, o que imponen otras sanciones no previstas en esta legislación (batidas o redadas policiales, detenciones a adolescentes y jóvenes que se encuentran consumiendo alcohol, etc).
 
VARIABLES ARGENTINA BOLIVIA COLOMBIA COSTA RICA
LEYES -CDN[1], suscrita el 29/06/90 y ratificada el 04/12/90 - Ley Nacional de Protección Integral para Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26.061. Justicia Penal Juvenil - Leyes 22.278 y 22.803 del Régimen Penal de Minoridad (heredadas de las dictaduras militares). Además, cada provincia aplica sus propias normas en materia de Justicia Juvenil. - CDN, suscrita el 08/03/90y ratificada el 26/06/90. Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil - Código del Niño, Niña y Adolescente - Ley 2026 de 27/10/99 (contiene normas de Justicia Penal Juvenil para adolescentes de 12 a 15 años) - Código de Procedimiento Penal - Ley 1970 de 31/05/99 (contiene normas de Justicia Penal Juvenil para adolescentes de 16 a 18 años) . - CDN, suscrita el 26/01/90 y ratificada el 28/01/91. Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil - Código de la Niñez y Adolescencia. - CDN, suscrita el 26/01/90 y ratificada el 21/08/90. Sobre Justicia Penal Juvenil - Ley de Justicia Penal Juvenil Nº 7576 - Ley de Ejecución delas Sanciones Penales Juveniles.
SUJETOS Las leyes 22.278 y 22.803 señalan dos grupos: las personas menores de 16 (régimen tutelar) que no son imputables aunque el juez puede ordenar su internación, y las personas mayores de 16 y menores de 18 años (régimen penal) que puede ser procesada y condenada por un delito. Los adolescentes comprendidos entre los 12 hasta los 18 años de edad. Son sujetos las personas menores de 18 años. Son sujetos las personas menores de edadentre los 12 y 18 años.

 

VARIABLES CHILE ECUADOR PARAGUAY URUGUAY
LEYES CDN, suscrita el 26/01/90 y ratificada el 13 de agosto de 1990. Sobre Justicia Penal Juvenil - Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, promulgada el 2 de octubre de 2005. CDN, suscrita el 26 de enero de 1990 y ratificada el 23 de marzo de 1990. Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil - Código de la Niñez y Adolescencia de 1 de julio de 2003. CDN, suscrita el 4 de abril de 1990 y ratificada el 25 de septiembre de 1990. Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil - Código de la Niñez y Adolescencia de 30 de noviembre de 2001 CDN, suscrita el 26 de enero de 1990 y ratificada el 20 de noviembre de 1990. Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil - Código de la Niñez y Adolescencia, en vigencia desde noviembre de 2004.
SUJETOS Las personas mayores de catorce y menores de dieciocho años. Los procedimientos de la nueva Ley se aplican en este rango de edad . Son sujetos sólo los adolescentes, es decirlas personas entre doce y dieciocho años de edad. Los adolescentes son penalmente inimputables y, por tanto, las infracciones son conocidas por jueces especiales, asimismo, están sujetos a medidas socio-educativas por su responsabilidad. Son sujetos los adolescentes de ambos sexos, entre 13 y 18 años de edad, declarados responsables de una infracción a la ley penal por el Juzgado Penal de la Adolescencia. Son sujetos los adolescentes, es decir los mayores de trece y menores de dieciocho años de edad.

 

 
OTROS PAISES DE SUD AMERICA
 
VARIABLES BRASIL PERU VENEZUELA
LEYES Sobre protección de derechos y casos de infracción a la ley-Estatuto del Niño y del Adolescente – Ley Nº 8069 de 1990. Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil- Código de los Niños y los Adolescentes – Ley Nº 27337 de 2000. Sobre protección de derechos y Justicia Penal Juvenil- Ley Orgánica del Niño y del Adolescente
SUJETOS Los adolescentes desde los 12 a los 18 años. Son sujetos los adolescentes desde los 12 a los 18 años. (Los niños menores de 12 años que cometan infracciones son sujetos a medidas de protección, y no a procesamiento). Son sujetos los adolescentes desde los 12 años hasta antes de cumplir los 18 años. Para la aplicación de las sanciones se diferencian dos grupos: de 12 años hasta menos de 14, y de 14 años hasta menos de 18.
 
 

Aportes de los participantes:

  • La Convención debe cumplirse obligatoriamente en los países, aunque no existan leyes específicas sobre el tema de Justicia Penal Juvenil. Esto sucede por ejemplo en Argentina donde los jueces imponen medidas como la libertad asistida basándose exclusivamente en la Convención debido a que no existe una ley nacional específica sobre Justicia Penal Juvenil.
  • También suele haber una discusión sobre la aplicación de la ley, respecto a si los instrumentos internacionales (Convención y otros) se encuentran por sobre la Constitución Política del Estado o si tienen rango de leyes. Este aspecto tiene sus diferencias en cada país dependiendo de las disposiciones que contenga cada Constitución sobre el rango de los instrumentos ratificados.
  • Los gobiernos no han trabajado un proceso de consulta a la población sobre la ratificación de convenios o tratados internacionales.
  • Mientras que en casos de otros convenios internacionales el proceso de revisión y ratificación en cada Estado suele demorar muchos años, en el caso de la Convención sobre los Derechos del Niño su ratificación por los Estados ha sido casi inmediata. Sin embargo, ello estuvo en un contexto histórico determinado, se produce durante el fin de la Guerra Fría donde los países estaban interesados en hacerse notar políticamente.
  • El problema es que los Estados suscriben y ratifican los instrumentos internacionales, para después dejarlos sin aplicación.
  • En Brasil se utiliza el término Justicia Juvenil, no puede hablarse de Justicia Penal Juvenil, debido a las características del sistema existente.
  • Sería necesario diferenciar las características y la realidad de América del Sur y la de América Central. Sin embargo, en general los problemas son comunes a todos los países latinoamericanos.
  • En el momento de la detención de un adolescente se produce la violación de sus derechos por parte de la autoridad, esto es un indicador de cómo va a ser tratado por el sistema durante el proceso.

- Situación socio política del Ecuador, a cargo de Fernando López

En los últimos años por las medidas adoptadas por el gobierno el Estado reduce su institucionalidad, pierde funciones progresivamente y pierde espacios. Esto hace que se vayan debilitando las funciones y se asuman éstas por espacios ligados al sector privado.

Uno de los puntos más altos de la des-institucionalización se presenta en el gobierno de Lucio Gutiérrez, que termina en la destitución del presidente con una fuerza mayoritaria en la Sierra concretamente en Quito. Este momento puede considerarse el primer freno a la acción del gobierno.

Resumen sobre la situación actual: Gobierno de Rafael Correa, enfoque de fortalecimiento político y económico en lo regional que permita la separación de otras entidades como el Banco Mundial, etc.

Planteamiento del Plan Ecuador: política de estado con relación a seguridad y cultura de paz, específicamente con las 4 provincias limítrofes con Colombia.

Situación actual del gobierno: Presencia fuerte no solo por el cumplimiento de los ofrecimientos de campaña sino por sus actitudes sociales en la gestión, que dan la visión de cercanía (por ejemplo, el funcionamiento de un gabinete itinerante).

Actualmente se da una confrontación muy fuerte entre Correa y la prensa, está en juego la libertad de prensa, la libertad de opinión, pero se ha puesto en debate el cuestionamiento ciudadano hacia los medios de comunicación.

Perspectiva: Asamblea: el gobierno ha organizado una comisión para la elaboración de la nueva constitución, sin embargo no hay una propuesta social, se ha seccionado mucho y cada sector lleva su propia propuesta a la Asamblea, hay muchos intereses en juego y se debe armonizar esto.

 

- Presentación sobre “Justicia Restaurativa, contenidos teóricos y metodológicos y experiencias practicas”, a cargo de Jean Schmitz y Oscar Vásquez.

Tomando en cuenta que los contenidos de las presentaciones sobre Justicia Restaurativa se abordaron durante el evento público, el primer día del Encuentro, se define que la exposición de esta tarde busque, mas bien, responder a las interrogantes existentes yprofundizar los temas en consulta. En ese sentido, los participantes de Perú, Jean Schmitz y Oscar Vásquez, deciden realizar ambos una sola presentación:

El proyecto de Justicia Restaurativa en Perú fue construido con los actores claves. La planificación se desarrolló durante tres días con representantes de instituciones públicas y privadas relacionadas con el tema. En Perú es difícil conseguir convenios con un proyecto, pero al ser parte del proyecto fue más fácil que las instituciones suscriban convenios.

El proyecto se ha ejecutado durante 3 años, se piensa ampliar en el tiempo y en territorio, cambiando un poco la estrategia. Se pretende que ahora este trabajo sea asimilado, y ya no solo ejecutado por una ONG; vale decir hay que transferir las competencias y responsabilidades.

Se trata de trabajar no solo en la mediación sino también con las víctimas. El proyecto pretende demostrar que eso costaría menos al Estado y con mejores resultados; se está realizando un estudio costo/beneficio. Además, se sigue capacitando a los operadores de justicia.

 

Primera serie de preguntas de los participantes:

  • Los organismos de Derechos Humanos, ¿podemos hacer mediación? El mediador tiene que estar en otra posición. ¿Es posible, entonces, que haya personas que se formen en mediación y no sean defensores de Derechos Humanos puesto que el mediador por su posición no debe tener un partido?
  • ¿El aumento de la delincuencia juvenil, es real o solo una percepción? De donde se sacaron las cifras?
  • De donde surge el tema de la justicia restaurativa? Quién la promueve?
  • Cuando hablamos de justicia restaurativa hablamos de un enfoque, manera diferente de ver? El enfoque restaurativo tiene una percepción distinta de las retributiva? La restaurativa es un puente entre la retributiva y la tutelar?.Es un enfoque estamos hablando de un tipo de justicia?
  • Cómo resuelven el problema del poder en la relación víctima infractor en el proceso de mediación?
  • En el modelo de intervención se contempla la reparación del daño de vulneración de derechos que vienen previo al delito, abuso, maltrato vulneración que es parte de su situación de vida?
  • Cómo se empata el planteamiento de la justicia restaurativa (infractor -víctima - comunidad) con un sistema de justicia que tiene una forma de planteamiento rígido, marco de institucional retributiva?
  • En Perú hay sistemas tradicionales, cómo es pueden usar esos sistemas?

Respuestas por tema mencionado:

Mediación:

En principio se hacía conciliación y no mediación, con un abogado no imparcial.Ahora la trabajadora social no es parte del equipo de defensa, es neutral, su papel es aproximarse al y infractor y víctima para ver la posibilidad de encuentro.

El mediador explica la idea de la mediación y las reglas de juego, facilita el proceso pero debe dejar espacio para cada parte. Debe haber acuerdo en el encuentro y las condiciones del encuentro.

El mediador debe ser externo al proyecto y neutral. Esto le da a cada parte la posibilidad de expresarse y ver el mejor sistema de rendir cuentas y arreglar. Hay mediaciones indirectas, es cuando existe la posibilidad de mediar pero sin ver al infractor.

 

Justicia Juvenil Restaurativa

La Justicia Juvenil Restaurativa no es ecléctica, y más que enfoque es una filosofía. Es una forma de hacer justicia distinta a la de Occidente, recoge cosas que se están dando en la realidad, replantea el castigo por encima de éste se encuentra la reparación, mira hacia el futuro. Esta mirada está en construcción, hay distintas maneras de entender la Justicia Restaurativa.

Los instrumentos básicos son la mediación y la prestación de servicios a la comunidad.Mediación no tanto como figura legal sino como instrumento de trabajo que puede apoyar la reparación. La Justicia restaurativa está abierta a recoger y complementar.

La mediación en el sistema judicial debe estar ligada al sistema.Se busca personas neutras pero con la aprobación del juez o fiscal. El mediador trata de encontrar una respuesta de las propias partes. El mediador debe no s{olo recomponer el conflicto entre la víctima y el infractor sino que, además, el conflicto que se ha generado entre el infractor y la comunidad, puesto que se ha quebrantado una ley, un bien comunitario.

La Justicia Restaurativa ha surgido de países como Nueva Zelanda y Canadá tomándolo de la forma de hacer justicia de la población indígena.

 

Poder en la mediación

Existe problema de poder entre víctima y ofensor cuando existe convivencia. En otros casos la posición de poder no impide la mediación.

El proyecto trata de responder aproblemas estructurales de la Justicia Juvenil en el sistema de justicia peruano peruano:

Indefensión (se carece de defensa oportuna)

Tendencia a la excesiva judicialización e internamiento

Jueces y fiscales no cuentan, se prioriza equipos mutidiciplinarios

 

Sistemas tradicionales

El proyecto empieza con los casos más sencillos, porque se cuida de no fallar debido a que los operadores de justicia, que tienen una mentalidad retributiva, podrían cuestionar el proyecto diciendo que no es factible.

 

Segunda serie de preguntas de los participantes:

  • ¿Cómo se aplica la Justicia Restaurativa cuando son delitos contra la vida o delitos sexuales?
  • Elementos centrales de la Justicia Juvenil son el papel preponderante del fiscal, y el procedimiento garantista. ¿Cuál es el papel de los fiscales y de los equipos multidiciplinarios, en la Justicia Restaurativa? ¿Seguimiento?
  • ¿Se puede plantear como una propuesta distinta de la justicia penal? ¿Es posible plantar desde la justicia restaurativa un concepto de delito? ¿La restauración es diferente de la sanción, debe o no debe ser sancionado?
  • ¿Qué papel tiene el Estado frente a la comisión de delitos?
  • ¿Hasta dónde se puede llegar con las prácticas restaurativas?

Respuestas:

Justicia Restaurativa no es la panacea, es un modelo, no va a encontrarse con la justicia retributiva y se utiliza en delitos menores e intermedios. La Justicia Restaurativa no se aplica en todos los casos, por ejemplo en la región no se suele aplicar en casos de delitos de carácter sexual, aunque en otros países de otros continentes sí se aplica en éstos.

La remisión, mediación y prestación de servicios son instrumentos educativos, dan la posibilidad de reparar. Tiene que haber una posición positiva del infractor de hacer algo para reparar el daño.

 

3.3. “PROYECTO DE CONTINUIDAD Y RELACION CON ICCO/KERKINACTIE”

Miércoles 23 de mayo de 2007

Participantes:

  • Representantes de las Secciones de DNI de Paraguay, Colombia, Uruguay, Argentina, Bolivia, Ecuador, Chile y Brasil (ANCED)
  • Representante de ICCO/Kerkinactie.
  • Representante de Funprode.

- Presentación del proyecto regional de continuidad en Justicia Penal Juvenil, a cargo de Rose Marie Achá

Proyecto regional: Ejecutores:

  • Secciones de Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile y Uruguay con financiamiento de Kerkinactie
  • Secciones de Ecuador y Paraguay con financiamiento de Porticus
  • Reintegra de México (con aportes propios hasta la consecución del apoyo de otros financiadores)

Líneas asumidas para etapa de continuidad:

  • Promoción de medidas no privativas de libertad con enfoque de justicia restaurativa
  • Reforzamiento de la aplicación de la ley.Promover la plena aplicación de la nueva legislación.
  • Programas de capacitación a operadores de justicia
  • Sensibilización social
  • Prevención de la violencia social
  • Monitoreo al cumplimiento de las recomendaciones del comité de derechos del Niño.

Objetivos y resultados del proyecto de continuidad:

Objetivo general:

  • Promover el funcionamiento de sistemas especializados de Justicia Penal Juvenil en la región, así como programas de prevención de la violencia, aplicando las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño.

Componente 1. Legislación

Sub-Objetivo:

  • Impulsar la vigencia plena de una legislación en materia de justicia penal juvenil coherente con los artículos 37 y 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Resultados esperados:

  • Proceso de adecuación de la legislación a la Convención sobre los Derechos del Niño fortalecido con las acciones de DNI.
  • Se identifican los vacíos y obstáculos que requieren ser superados para la aplicación efectiva de aquella normativa acorde con la Convención.
Componente 2. Medidas no privativas de libertad.

Sub-Objetivo:

  • Promocionar e implementar el uso de sanciones no privativas de libertad con enfoque en Justicia Restaurativa.

Resultados esperados:

  • Validación e institucionalización. Se desarrollan programas de medidas no privativas de libertad promovidas por DNI ampliando la cobertura en la atención de casos.
  • Se profundiza el estudio de prácticas relacionadas con el enfoque de la Justicia Restaurativa y la desjudicialización de casos, desarrollándose propuestas metodológicas innovadoras.
  • Se brinda apoyo en asesoría legal y protección de derechos en el marco de la promoción de medidas no privativas de libertad.
Componente 3. Capacitación y sensibilización

Sub-Objetivo:

  • Impulsar la especialización de los diferentes actores del sistema de justicia, y promover la comprensión social de la situación de los adolescentes en conflicto con la ley.

Resultados esperados:

  • Nuevas estrategias de capacitación y sensibilización son diseñadas y aplicadas.
  • Actores del Poder Judicial, Ministerio Público, Policía e instancias administrativas capacitados en Justicia Penal Juvenil, contando con los conocimientos y herramientas suficientes para mejorar la atención de casos y administrar justicia de acuerdo con los principios internacionales.
  • Trabajadores de medios de comunicación y sectores de la comunidad sensibilizados sobre la situación de los adolescentes en conflicto con la ley.

Componente 4. Prevención de la violencia

Sub-Objetivo:

  • Contribuir a la prevención de la violencia y el delito mediante la promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y el impulso a la implementación de políticas públicas integrales.

Resultados esperados:

  • Se ha promovido la implementación de políticas, planes y programas sociales dirigidos a la generación de oportunidades y a la superación de conflictos.
  • Se ha fomentado un mayor debate público y el desarrollo de alianzas y redes con otras organizaciones vinculadas al trabajo con adolescentes en conflicto con la ley.

Componente 5. Monitoreo e incidencia

Sub- Objetivo:

  • Monitorear la aplicación de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño y otros principios internacionales y regionales de Justicia Penal Juvenil, en los países donde se ejecuta el proyecto.

Resultados esperados:

  • Se difunde regularmente información cuantitativa y cualitativa sobre los avances de los sistemas de Justicia Penal Juvenil en el cumplimiento de las recomendaciones del Comité de Derechos del Niño.
  • Se conocen y utilizan las herramientas de los organismos del sistema interamericano para la promoción de los derechos de los adolescentes en conflicto con la ley.
  • Se han realizado encuentros y debates regionales con la participación de las Secciones de DNI, instituciones y expertos para la profundización de las temáticas y los enfoques renovados de la Justicia Penal Juvenil, desarrollando estrategias de difusión de los productos generados por el proyecto.
  • Se han establecido las bases de un observatorio latinoamericano de Justicia Penal Juvenil.

Temas que surgieron para debate y consultas de los participantes:

JUSTICIA RESTAURATIVA:

  • Aún falta más comprensión del tema de la Justicia Restaurativa, hay experiencias ya ejecutadas que han dejado lecciones, también existen muchas críticas al funcionamiento de los métodos restaurativos.
  • Es más conveniente decir que el proyecto de continuidad aportará en estudio e intercambio sobre el tema, y se profundizará en el conocimiento de prácticas con enfoque de la Justicia Restaurativa.

PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA:

  • ¿Qué tipo de violencia se quiere prevenir? Violencia social/estructural. Hay que revisar más los conceptos que se manejan, y unificar los criterios. Asimismo, hay que eliminar la visión de que los adolescentes o jóvenes sean generadores de violencia.
  • Es necesario profundizar la discusión sobre lo que es la prevención de la violencia. ¿Prevención primaria, secundaria, terciaria?
 
PANORAMA DE EJECUCION DEL PROYECTO DE JUSTICIA PENAL JUVENIL
COMPONENTE/PAIS LEGISLACION MEDIDAS NO PRIVATIVAS DE LIBERTAD CAPACITACION Y SENSIBILIZACION PREVENCION DE LA VIOLENCIA INCIDENCIA POLITICA
Argentina Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxxxxxx
Bolivia Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx  
Colombia Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx   xxxxxxx
Costa Rica Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxxxxxx
Chile   Xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx    
Uruguay Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxxxxxx
Ecuador   Xxxxxxxxxxxxx      
Paraguay Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx    
Reintegra de México Xxxxxxxxxx   xxxxxxxxxxxx    

 

Las Secciones de Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile y Uruguay ejecutarán la etapa de continuidad del proyecto regional con el apoyo financiero de ICCO/Kerkinactie.

Las Secciones de Ecuador y Paraguay ejecutarán la etapa de continuidad con el apoyo financiero de Porticus.

A partir de esta gestión, se integra también del proyecto regional de Justicia Penal Juvenil la organización Reintegra de México, miembro asociado al Movimiento DNI.

Por otra parte, a solicitud de la representante de la financiera ICCO/Kerkinactie, se abre la posibilidad de una mayor integración entre el proyecto regional de DNI y otras organizaciones de la región que no formen parte del Movimiento pero sí del programa de ICCO/Kerkinactie.

Es necesario analizar a profundidad la integración al proyecto regional de Justicia Penal Juvenil de otras organizaciones que no son DNI. Se requiere unos meses de discusión y consulta para poder definir el tipo de articulación regional que se llevaría adelante. A ese fin, se determina la realización de una reunión regional antes de fin de año para tomar las definiciones sobre la integración con las otras organizaciones. Dicha reunión se realizará en Fortaleza, Brasil, el mes de octubre.

 

- Resumen de los acuerdos alcanzados, a cargo de Rose Marie Achá

Sobre aspectos de contenido:

1.- Integración regional al proyecto:

Se realizará un intercambio y análisis vía correo electrónico sobre cómo se debe plantear una integración con otras organizaciones en el marco del proyecto regional, a fin de tener una propuesta base para la reunión prevista a realizarse en octubre.

2.- Planteamiento de prevención de violencia:

Se continuará con un proceso de intercambio y análisis sobre cómo se concibe la prevención de la violencia, qué se plantea hacer y cómo esto se relaciona con otros Componentes del proyecto así como con otras iniciativas del Movimiento (campañas).

Sobre temas prácticos:

1.- Inicio del proyecto de continuidad financiado por ICCO/Kerkinactie, a partir de mayo de 2007. Ejecución a cargo de las Secciones de Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile y Uruguay.

2.- El proyecto de continuidad en las Secciones de Ecuador y Paraguay, que reciben el apoyo financiero de Porticus, se iniciará a partir de octubre de 2007.

 

- Presentaciones a cargo de Marcos Guillén:

Marcos Guillén realiza la presentación de las actividades de la Vicepresidencia Regional de DNI, la cual se halla a cargo de Virginia Murillo, Presidenta de DNI Costa Rica. Asimismo, hace referencia a la iniciativa de propuesta para el Seguimiento a la Recomendación General Nº 10 sobre Justicia Penal Juvenil , y a la campaña regional que se comenzará a preparar en la misma línea de la Campaña Mundial “Ningún Niño detrás de las Rejas”, que se halla ya en ejecución. Desde América Latina se pensó que era más conveniente presentar una propuesta regional, es importante hacer un intercambio de opiniones para tener más insumos que incorporar a la propuesta de campaña, la cual va a contener también lo en este Encuentro.

 

Breve evaluación del Encuentro Regional.

Aportes:

  • Se debe felicitar por la organización del evento. Buen espacio, buena atención.
  • En cuanto a la agenda, se fue ágil en la medida en que se pudo mover la agendade acuerdo con los requerimientos que fueron apareciendo, a fin de tratar todos los temas. En este caso, fue muy conveniente haber priorizado los temas fundamentales del evento.
  • Ha existido un avance de los Encuentros anteriores a éste, hay muchos avances y aprendizajes. Hubo más puntos en común que disensos.
  • Se cumplieron los objetivos tanto en metodología como en contenido.
  • Es importante llevar una propuesta sobre coordinación/articulación del trabajo en la región al evento nuevo que se está organizando.

Se finaliza con la clausura del Encuentro Regional y la entrega de certificados a los participantes.

[1]Convención sobre los Derechos del Niño

 

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