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EL MODELO DE RESPONSABILIDAD

Es necesario precisar el significado de la responsabilidad de la persona adolescente por las infracciones cometidas, ya que sobre esa noción se fundamenta buena parte del funcionamiento de la Justicia Penal Juvenil.

El artículo 40º de la Convención sobre los Derechos del Niño se refiere a una noción de responsabilidad que deriva de una conducta tipificada como delito en las leyes penales. De esta manera se establece el vínculo jurídico entre la conducta, el autor y las consecuencias jurídicas de ésta. La respuesta del sistema con la sanción, probada la culpabilidad del adolescente, implica una restricción de derechos, la sanción es de naturaleza penal por cuanto corresponde a la comisión de un delito que se halla tipificado en la legislación penal de cada país.

Se habla, entonces, de una responsabilidad penal la cual es, en Derecho, la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto por el Derecho al deber de afrontar las consecuencias que le impone la ley. Dichas consecuencias se imponen a la persona cuando se la encuentra culpable de haber cometido o participado en la comisión de un delito. No es posible sancionar a alguien por la realización de un acto del que no es culpable. La culpabilidad, en consecuencia, es el fundamento de la sanción y la responsabilidad es el objetivo de la sanción con contenido educativo.

De acuerdo a estas precisiones, se puede visualizar que el sistema punitivo, estará siempre ligado a las sanciones, donde ser responsable es asumir una sanción como resultado de un daño ocasionado con el delito a otra persona, a la comunidad o a la sociedad.

Sobre esa base, hay corrientes que contribuyen a profundizar la dimensión de la responsabilidad a fin de procurar una administración de justicia más humanista. Por ejemplo, desde el enfoque de la Justicia Restaurativa, el asumir la responsabilidad del acto delictivo debe significar primero asumir el daño causado a un otro, ya no sólo a un Estado etéreo y poderoso, sino a otra persona igual en derechos, por lo que la responsabilidad estará centrada en el daño causado, no como culpa sino como posibilidad de reparación, lo que llevaría a una mayor toma de conciencia.

Siguiendo estas consideraciones, la responsabilidad penal implica también el reconocimiento y la internalización que la persona adolescente hace progresivamente del carácter dañino para otra persona o la sociedad que tuvo la acción delictiva en la cual participó, y que le conduce a entender el carácter punitivo de la sanción, la importancia de reparar el daño, contribuir a la reconstrucción de las relaciones afectadas, etc.

El sistema de Justicia Penal Juvenil, en virtud de la condición de personas en desarrollo que tienen los sujetos pasibles a sanción, limita la severidad o la amplitud de la pena introduciendo elementos educativos y reparadores. La denomina “sanción socioeducativa”, en ese sentido, debe ser vista como una pena atenuada por la condición de adolescente.

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