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¿Cuáles son las leyes internacionales y acuerdos sobre el trabajo infantil?

Como hemos visto en el capítulo 4, el trabajo infantil existe en el mundo. Aunque no todos los gobiernos de todos los países lo consideran como un problema. Es por ello que las Naciones Unidas y la Organización Internacional del Trabajo, junto con otras organizaciones internacionales, como DNI, han concebido normas internacionales para luchar contra el trabajo infantil. Hay, a disposición, dos conjuntos de leyes y de acuerdos para tratar el trabajo infantil: 

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (enlace hacia   CDN)

Este acuerdo trata sobre los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes. Si los lees detenidamente, verás que la mayoría de las formas de trabajo infantil constituyen una violación de por lo menos uno, y a veces hasta varios, de estos derechos.

Los Convenios 138 y 182 de la OIT (enlace hacia OIT)

Estos dos acuerdos han sido diseñados específicamente para luchar contra el trabajo infantil, haciendo que éste sea ilegal.

1) La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y el trabajo infantil  

En 1989, las Naciones Unidas decidieron que los acuerdos sobre los derechos humanos no otorgaban protección suficiente para los niños, niñas y adolescentes. Las personas menores de edad seguían siendo perjudicadas en el mundo, razón por la cual necesitaban su propio acuerdo de derechos.

 Esta Convención sobre los Derechos del Niño fue firmada por la mayoría de los países del mundo. Extrañamente, los Estados Unidos, no lo ha hecho, ni tampoco Somalia.

 Al firmar esta convención, los Estados acordaron que todos deben respetar todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes, para todos y todas sin excepción. Lo más importante es que: 

  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derechos que son indivisibles (es decir, tienen todos los derechos mencionados, no sólo uno o algunos) e irrevocables (nadie se los puede arrebatar o negarles esos derechos).

  • En lo que a los niños, niñas y adolescentes respecta, su bienestar es siempre lo que más cuenta.

  • Los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derecho. Esto significa que pueden opinar sobre sus propios derechos y no deben tomarse decisiones sin haberse oído su parecer. 

Ahora que sabemos que los niños, niñas y adolescentes tienen derechos y que estos deben respetarse, démosle un vistazo.

 ¿Cuáles son exactamente estos derechos y qué relación tienen con el trabajo infantil?

 La Convención sobre los Derechos del Niño es una lista de más de cincuenta artículos que exponen los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes. A continuación, hemos citado algunos de los artículos más importantes relacionados con el trabajo infantil: 

  • El artículo 32 dice: los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos de cualquier tipo de trabajo que perjudique su educación, su salud o su desarrollo normal.

  • El artículo 28 dice: los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a asistir a la escuela, y deben gozar de la misma oportunidad de recibir una educación.

  • El artículo 31 dice: los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a descansar, divertirse y jugar con otros niños, niñas y adolescentes.

  • El artículo 19 dice: los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos de aquellos que los maltratan o perjudican de cualquier manera.

  • El artículo 24 dice: los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a un desarrollo normal y a recibir cuidados médicos.

  • Los artículos 33 y 38 dicen: los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos de drogas perjudiciales, abuso sexual, explotación, guerra y castigo cruel. 

Para ver tus derechos, ve a la sección: “¿Cuáles son tus derechos?

Haz click aquí para ver todo el documento de la CDN www.unhchr.ch/html/menu3/b/k2CDN.htm 

2) Los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo sobre el trabajo infantil

La Organización Internacional del Trabajo ha diseñado dos acuerdos para tratar el trabajo infantil: 

a) El Convenio 138 fue el primero que se firmó, en 1973, y fija la edad mínima legal para trabajar. Básicamente, afirma que es ilegal que los niños y niñas trabajen cuando son menores de quince años. A pesar de que fue firmado por 144 países, no puso fin al trabajo infantil.

b) Razón por la cual, en 1999 se creó el Convenio 182, que declara cuáles son las peores formas de trabajo infantil, y deberían ser las primeras en eliminarse. Fue firmado por 160 países. 

Demos un vistazo más detallado a estas dos “leyes” internacionales. 

A. Convenio 138 de la OIT – Sobre la Edad Mínima para el Trabajo 

Los países que ratificaron este convenio, se pusieron de acuerdo para poner fin al trabajo infantil. Para realizar esto, acordaron las siguientes medidas: 

  • La edad mínima para trabajar es de 15 años, edad en la que generalmente ya los niños y las niñas han terminado la educación obligatoria. Esto significa que todos los niños y niñas por debajo de los 15 deberían estar en la escuela en lugar de participar en trabajo infantil.

  • Ninguna persona menor de edad puede realizar trabajo peligroso. 

Para aclarar el significado del convenio, hemos armado este cuadro: 

 

Edad

Menor de 15

De 15 a 18

Mayor de 18

Nivel de trabajo permitido

Ningún trabajo

 

Solo trabajo liviano

Todo tipo de trabajo

Características del trabajo

 

  • que no sea nocivo para la salud o el desarrollo.  
  • que no impida al niño, niña o adolescente asistir a la escuela.
  • implica maquinaria pesada, sustancias químicas, etc.

 

 

Según el Convenio, la edad mínima para trabajar debería ser de 15 años. No es siempre el caso en la mayoría de los países. Para ver una lista de países y las edades mínimas de los mismos para dejar la escuela y comenzar a trabajar, haz click en este enlace: www.right-to-education.org/content/age/table.html 

B. Convenio 182 de la OIT – Sobre las Peores Formas del Trabajo Infantil.

Este Convenio se aplica a todos los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años y obliga a los países que la firmaron a eliminar  todos los tipos de trabajo infantil lo antes posible.

Describe como peores formas de trabajo infantil: 

  • Todo tipo de esclavitud o cosas que se le parezcan, como la venta de personas menores de edad, forzar a los niños, niñas y adolescentes a trabajar y el uso de personas menores de edad en situaciones de guerra como soldados, por ejemplo.

  • Todo tipo de trabajo relacionado con el sexo, como pornografía (la realización y la venta de imágenes de niños, niñas y adolescentes y sexo) o la explotación sexual comercial (la venta de niños, niñas o adolescentes con propósitos sexuales). 

  • El uso de niños, niñas y adolescentes para trabajar en la realización y venta de productos ilegales, como por ejemplo, las drogas.

  • Trabajo que pueda perjudicar la salud y la seguridad física o mental de los niños, niñas y adolescentes.

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